
Las personas que aún registren deudas y deseen acceder a los beneficios deberán cancelarlas de contado o mediante un plan de pagos hasta cinco días hábiles antes de las nuevas fechas de vencimiento.
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Las personas que aún registren deudas y deseen acceder a los beneficios deberán cancelarlas de contado o mediante un plan de pagos hasta cinco días hábiles antes de las nuevas fechas de vencimiento.
