
Las personas que aún registren deudas y deseen acceder a los beneficios deberán cancelarlas de contado o mediante un plan de pagos hasta cinco días hábiles antes de las nuevas fechas de vencimiento.
Las personas que aún registren deudas y deseen acceder a los beneficios deberán cancelarlas de contado o mediante un plan de pagos hasta cinco días hábiles antes de las nuevas fechas de vencimiento.